El 9 de julio
de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que
se expide el Estatuto Orgánico de Pronósticos para la Asistencia Pública; donde
se le cambia de nombre a la Subdirección General de Ventas, para convertirse en
la Subdirección General de Asuntos Comerciales. Hasta aquí no hay ningún
problema, se supone que solo le cambiaron el nombre, y espero que le hayan
asignado unas cuantas tareas más, pero hasta ahí.
El problema o
lo feo, es que dicho Estatuto también se modificó para convertir lo que antes
era la Coordinación Técnica y Jurídica en la Subdirección General de Asuntos
Jurídicos, aquí no solo se trata de un cambio de nombre, y supongo que tampoco
añadieron actividades, sino que es un puesto con un nivel de sueldo más alto, y
nada más “para que mis 5 amigos ganen lo mismo”.
El Coordinador
tiene un nivel LB2, que de acuerdo al Manual de Percepciones tiene un sueldo de
113,588.10, mientras que un Subdirector General tiene nivel KB1, con un sueldo
de 135,825.97. Esto es, 22, 237.87 pesos de diferencia, que adivinen de dónde
salen, de plazas de base o de confianza que de plano Pronósticos elimina, para podérselo pagar
a alguien que de por sí ya tiene un buen ingreso.
¡Viva el
Gobierno! Menos mal que Peña Nieto no dijo que era el Presidente del empleo
como Calderón, pero eso es lo que hacen, burlarse de la gente y quitarle el
ingreso a familias que tienen necesidad y que cuando más, ganaban los 6,000 pesos que Cordero dice que alcanzan perfecto.
Por otro lado,
si bien es cierto que el artículo cuarto transitorio del Acuerdo por el que se expide el Estatuto Orgánico de Pronósticos para la Asistencia Pública, señala que la
modificación a la estructura orgánica de la Entidad, que deba realizarse en
congruencia con el Estatuto Orgánico, quedará sujeta a la autorización y
registro que otorgue la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; ya que en la
estructura actual aún aparece el Coordinador Técnico y Jurídico, todos sabemos
que esa plaza sí se va a autorizar y seguramente le van a pagar de manera
retroactiva. Sino, cómo es que se atreven a publicar ese acuerdo sin que
Hacienda haya autorizado el cambio. Por favor.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario